PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer y decidir el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL, interpuesto por la ciudadana MIREYA FRANCISCA CARMONA DE MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 1.898.581, asistida por Abogada, contra la UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR.
SEGUNDO: INADMISIBLE POR CADUCIDAD el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL, de conformidad a la motiva del presente fallo.
TERCERO: Por cuanto la presente decisión se dicta dentro del lapso de Ley, resulta inoficioso practicar la notificación de las partes. Así mismo, en acatamiento a lo previsto artículo 98 del Decreto Nº 2.173 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.220 Extraordinario, de fecha 15 de marzo de 2016, notifíquese del contenido de este fallo a la ciudadano Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela,.....