|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 28/09/2010 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
DP11-L-2010-001334
|
N° Sentencia :
DP11-L-2010-001334
|
Fecha: 28/09/2010 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales Y Daños Y Perjuicio |
Partes: RAMON MAXIMINO ANZOLA BARRIOS VS PROYECTOS PET, C.A |
Resumen:
Este Tribunal, visto el acuerdo alcanzado entre las partes, el día de hoy, declara:
PRIMERO: concluido el presente procedimiento y así mismo deja expresa constancia que esta acta es producto de la voluntad libre, conciente y espontánea expresada por las partes y el mismo no es contrario a derecho.
SEGUNDO: se imparte en éste acto la HOMOLOGACIÓN JUDICIAL, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del Art. 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se ordena el cierre y archivo del expediente.
Finalmente la ciudadana Jueza, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 2:30 de la tarde, hoy veintiocho de septiembre de dos mil diez. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. -
LA JUEZA
MARIA ELERIDA RUIZ
PARTE ACTORA. PARTE DEMANDADA .....
|
Juez/Ponente:
María Elerida Ruiz
|
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
|
N° Expediente :
02-2809-1231-10
|
N° Sentencia :
02-2809-1231-10
|
Fecha: 28/09/2010 |
Procedimiento: Cumplimiento De Obligación De Manutención |
Partes: ANTONIO JOSÉ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, CONTRA ANTONIO JOSÉ GONZÁLEZ |
Resumen:
Acto seguido el notificado procedió a verificar dicha cuenta constatándose que el demandado tiene una cuenta de ahorro, arrojando un saldo disponible de Trescientos noventa y siete bolívares con diez y seis céntimos (Bs.397, 16). Acto seguido la abogado asistente, recibiendo instrucciones de su representado, solicita el derecho de palabra y expone: "Por cuanto la cantidad de dinero disponible, no es suficiente para practicar el embargo ejecutivo, optamos en no señalar la cantidad de dinero disponible que se encuentra en este Banco, por lo que solicito a este Juzgado, se traslade al Banco Banesco, agencia Cagua, es todo." En este estado, este Tribunal vista la solicitud que antecede, acuerda de conformidad y ordena el retiro de la presente entidad bancaria, y el traslado en el día de hoy, a la agencia Cagua, Banco Banesco. Por cuanto aun no ha sido Cumplida la presente comisión, este Tribunal pasa a hacer las siguientes consideraciones finales, en consecuencia acuerda: se autoriza expe.....
|
Juez/Ponente:
Mazzey Manuel Rodríguez Ramirez
|
Organo:
Ejecutor De Medidas De Los Municipios Sucre Y Lamas
|
N° Expediente :
03-2809-1231-10
|
N° Sentencia :
03-2809-1231-10
|
Fecha: 28/09/2010 |
Procedimiento: Cumplimiento De Obligación De Manutención |
Partes: ANTONIO JOSÉ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, CONTRA ANTONIO JOSÉ GONZÁLEZ |
Resumen:
Acto seguido la abogado asistente, recibiendo instrucciones de su representado, solicita el derecho de palabra y expone: "Por cuanto la cantidad de dinero disponible, no es suficiente para practicar el embargo ejecutivo, optamos en no señalar la cantidad de dinero disponible que se encuentra en este Banco, por lo que solicito a este Juzgado, se traslade en una nueva oportunidad a los fines de poder cumplir con la ejecución de la medida, es todo." En este estado, este Tribunal vista la solicitud que antecede, acuerda de conformidad y ordena el retiro de la presente entidad bancaria, y el traslado en una nueva oportunidad, previa solicitud por escrito de la parte actora. Cumplida como ha sido la presente comisión de conformidad con lo establecido en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal pasa a hacer las siguientes consideraciones finales, en consecuencia acuerda: se autoriza expedir copias simples de toda la comisión; expedir copia simple de la credencial del j.....
|
Juez/Ponente:
Mazzey Manuel Rodríguez Ramirez
|
Organo:
Ejecutor De Medidas De Los Municipios Sucre Y Lamas
|
N° Expediente :
01-2809-1231-10
|
N° Sentencia :
01-2809-1231-10
|
Fecha: 28/09/2010 |
Procedimiento: Cumplimiento De Obligación De Manutención |
Partes: ANTONIO JOSÉ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, CONTRA ANTONIO JOSÉ GONZÁLEZ |
Resumen:
Acto seguido la Gerente procedió a verificar dicha cuenta contándose que el demandado tiene una cuenta de ahorro, arrojando un saldo disponible de Seiscientos ochenta y cinco bolívares (Bs.685, 00). Acto seguido la abogado asistente, recibiendo instrucciones de su representado, solicita el derecho de palabra y expone: "Por cuanto la cantidad de dinero disponible, no es suficiente para practicar el embargo ejecutivo, optamos en no señalar la cantidad de dinero disponible que se encuentra en este Banco, por lo que solicito a este Juzgado, se traslade al Banco Mercantil, agencia Cagua, es todo." En este estado, este Tribunal vista la solicitud que antecede, acuerda de conformidad y ordena el retiro de la presente entidad bancaria, y el traslado en el día de hoy, a la agencia Cagua, Banco Mercantil. Por cuanto aun no ha sido Cumplida la presente comisión, este Tribunal pasa a hacer las siguientes consideraciones finales, en consecuencia acuerda: se autoriza expedir copias simples de toda .....
|
Juez/Ponente:
Mazzey Manuel Rodríguez Ramirez
|
Organo:
Ejecutor De Medidas De Los Municipios Sucre Y Lamas
|
N° Expediente :
9113
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 28/09/2010 |
Procedimiento: Recurso Contencioso Administrativo |
Partes: CRISTIAN JOSÉ RON CONTRA INSPECTORIA DEL TRABAJO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CAGUA, ESTADO ARAGUA.- |
Resumen:
Ahora bien del análisis efectuado a las actas que conforman la presente causa, previa evaluación de los elementos probatorios aportados por el recurrente ut-supra valorados y los vicios denunciados mediante el presente recurso de nulidad ocurridos en el expediente administrativo signado con el N° 009-2006-01-02241, que dio origen a la providencia administrativa Nº 00234-07, dictada en fecha 14 de mayo de 2007, por la Inspectoria del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua del Estado Aragua, con sede en Cagua, hacen evidenciar que el presente recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano CRISTIAN JOSÉ RON, debe prosperar, debido a que hubo violación al debido proceso y al derecho a la defensa, todo ello originado por la negación infundada de las pruebas de testigos promovidas por la parte actora en el procedimiento de calificación de despido y el vicio de silencio de prueba en lo que respecta a la exhibición de documentos.....
|
Juez/Ponente:
Geraldine López
|
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
|
N° Expediente :
0751-2010
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 28/09/2010 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: DERWIN MARIANO ZACARIAS Y MARIA EUGENIA PEREZ RONDON |
Resumen:
D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologada la Conciliación realizada por ante Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes "Simón Bolívar", adscrita a la Alcaldía del Municipio Bolívar del Estado Aragua, entre los progenitores ciudadanos MARIA EUGENIA PEREZ RONDON y DERWIN MARIANO ZACARIAS, plenamente identificados en autos, y de conformidad con lo establecido en los Artículos 315, 372 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Exhortando al obligado alimentario plenamente identificado a cumplir de buena fe y responsablemente con el acuerdo contenido en la descrita acta. Igualmente se acuerda expedir copias certificadas del original con sus resultas a la Defensora Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes "Simón Bolívar" de este Municipio Aboga.....
|
Juez/Ponente:
Dorys Castillo Toro
|
Organo:
Municipio Bolívar
|
N° Expediente :
0752-2010
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 28/09/2010 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: FRANK MANUEL ALFONZO BORGES Y JESSICA MIDLEY GARRIDO |
Resumen:
D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologada la Conciliación realizada por ante Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes "Simón Bolívar", adscrita a la Alcaldía del Municipio Bolívar del Estado Aragua, entre los progenitores ciudadanos JESSICA MIDLEY GARRIDO y FRANK MANUEL ALFONZO BORGES, plenamente identificados en autos, y de conformidad con lo establecido en los Artículos 315, 372 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Exhortando al obligado alimentario plenamente identificado a cumplir de buena fe y responsablemente con el acuerdo contenido en la descrita acta. Igualmente se acuerda expedir copias certificadas del original con sus resultas a la Defensora Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes "Simón Bolívar" de este Municipio Aboga.....
|
Juez/Ponente:
Dorys Castillo Toro
|
Organo:
Municipio Bolívar
|
|
|
|
|