Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por divorcio intentada por el ciudadano JOSE GREGORIO MALUENGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.652.078, de este domicilio, contra su cónyuge ciudadana CARMEN MARITZA GONZALEZ ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.970.987, con fundamento en la causal segunda (2°) del artículo 185 el Código Civil, en consecuencia, disuelto el Matrimonio Civil, celebrado en fecha "15 de agosto del año 2003" por ante la Parroquia Saman de Güere del Municipio Mariño del Estado Aragua, Acta N° 67, año 2003, y como consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que los une.