Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos: LIRISKA NAZARET SANCHEZ FERNANDEZ Y EDUARDO ALIREE VIELMA CEBALLO.antes identificados, desde el día 01 de marzo de 2008, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio asentada en el Año 2008,bajo el acta N° 69, tomo II, año 2008 en los Libros de Matrimonios llevados por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua.