Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte recurrente INDUSTRIAS PLASTICAS UNIDAS IPUSA, S.A, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nro. 59, Tomo 23 contra el Acto Administrativo contentivo de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 54-13, dictada en fecha 22 de abril de 2013, en el expediente N° 009-2012-01-2596, dictado por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Lamas, Zamora, San Sebastian, San Casimiro, Camatagua y Urdaneta del Estado Aragua, en la cual declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos iniciada en su contra por el ciudadano JHOSAN JESUS FLORES ARIAS SEGUNDO: SE CONFIRMA .....