Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA IMCOMPETENTE, para seguir conociendo de la acción de DAÑOS Y PERJUICIOS intentada por CHARLES JOSE RIVAS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 13.811.825, soltero, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio SANTOS CARDOZO AREVALO y SANTOS DE JESUS CARDOZO MORALES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros, 17.507 y 145.386 respectivamente, contra FELIPE JOSE ROJAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.576.514 y CENTRAL EL PALMAR S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en San Mateo, Estado Aragua, inscrita en el Registro Mercantil del Estado Aragua, en fecha 20 de Enero de 1956, bajo el N° 1, Tomo 1-C.- En consecuencia, ordena .....