SEGUNDO: El Tribunal acoge la precalificación Fiscal de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano TERCERO: en atención a la solicitud fiscal de medida privativa de libertad, la misma se acuerda, en virtud de la circunstancias de tiempo, modo y lugar, en que fueron narrados los hechos por la representante fiscal y el contenido de las actas policiales, de la declaración de la presunta victima, hacen que, quien aquí decide consideren que están llenos los extremos del articulo 250 del Código Penal, como son: 1- La existencia de un hecho punible que merezca pena privativa de libertad, y cuya acción penal no se encuentre prescrita. 2÷ Fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o participe en la comisión de un hecho punible. 3- Presunción razonable por la apreciación de las circunstancias del caso en particular, de peligro de fuga o de obstaculización de la búsqueda de la verdad, respecto de un acto concreto de investigación. .....