DISPOSITIVA
Por los fundamente anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO , establecido en el artículo 455 ordinal 3° del Código Penal vigente para el momento, por falta de certeza, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar el enjuiciamiento de KENNY RAFAEL RIVAS MAITA, de nacionalidad Venezolano, donde nací en fecha 23-01-1976, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.619.884 y domiciliado en la Transversal 06, casa Nº 05, de Brisas del Morichal, Maturín, Estado Monagas, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesa.....