Por lo tanto, éste Tribunal Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los Ciudadanos ESTILITA DEL CARMEN VILLANUEVA Y DIOGENES ENRIQUE TIRADO VALERA, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nro. V-8.157.612 y V-4.999.263 respectivamente y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la PREFECTURA DEL DISTRITO SAN FERNANDO DEL ESTADO APURE, según acta de matrimonio N° 58, de fecha 26 de Marzo de 1976. Ofíciese lo conducente a la PREFECTURA DEL DISTRITO SAN FERNANDO DEL ESTADO APURE y al REGISTRO PRINCIPAL DE SAN FERNANDO DE APURE a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.-
Dada, Sell.....