Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES con relación a los ciudadanos WILMAR SALAZAR, GERMAN HURTADO Y JOSE RAMIREZ, dándole efectos de Cosa Juzgada