Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios ut supra realizadas, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demandada de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA, sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno distinguida con las siglas O-56 y la vivienda sobre ella Constituida situado en la Manzana O, que forma parte de la Primera Etapa de la Urbanizacion Los Mangos, Santa Cruz, Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua, interpuesta por la ciudadana MARCIA DESIREE MARQUEZ GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.245.548; contra el ciudadano AUGUSTO MANUEL BLANCO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-16.131.486.
SEGUNDO: Se condena a la parte.....