DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado OSCAR O. TRIANA, en su condición de defensor privado del ciudadano EDUARDO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, mediante el cual negó la solicitud formulada por el referido defensor, de decaimiento de la medida judicial preventiva privativa de libertad que pesa sobre el ciudadano antes señalado, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal y los criterios jurisprudenciales referidos en la misma. SEGUNDO: Se confirma la decisión impugnada.