En base a los razonamientos antes hechos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Sexto de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente Causa, a favor del ciudadano JOSE RICARDO AVILEZ BLANCO (ya identificado), en virtud de haberse EXTINGUIDO LA ACCION PENAL derivada del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el artículo 418 del Código Pena, por PRESCRIPCION, todo conforme al ordinal 6to del artículo 108 del Código Penal, y artículos 48 ordinal 8vo y 318 ordinal 3ro ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Diarícese. Regístrese la decisión. Remítase al Archivo Judicial Central.
LA JUEZ,
ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
LA SECRETARIA,
ABG. MIGDALIA SIRA ALVAREZ.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
El Secretario,
CAUSA N° 6C-5563/04