este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ordena la aplicación del Procedimiento Especial tal como lo establece el artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a los fines de que el Ministerio Público continúe con las investigaciones pertinentes. SEGUNDO: Se acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano: ALFREDO ANTONIO GUZMAN MEJIAS, titular de la cédula de identidad Nro. 14170711, profesión u oficio ayudante de construcción, edad, 32, por haber nacido en fecha 01/12/1978, hijo de Petra de Guzmán (v) y de Pablo Guzmán (f), residenciado: Kilómetro 2, calle las Marías, casa Nro, 73, a dos metros del Nazareno, Caripito, municipio Bolívar, estado Monaga.....