este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la conversión en DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada el del dos (02) de mayo de dos mil uno (2001) en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código de Procedimiento Civil, en la presente solicitud incoada por JUAN BAUTISTA MEDINA MADURO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V.-3.471.485, abogado en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 12.484, actuando en su propio nombre y representación, y MARY NIEVES GARCÍA TOVAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V.-5.073.847, respectivamente, asistida por la abogado EDNA LILIANA RAMÍREZ ROJAS, abogado en ejercicio, inscrita .....