DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: habiendo el acusado admitido los hechos que le atribuye el Ministerio Publico de forma libre, voluntaria y sin coacción, este tribunal CONDENA, al acusado JOSE BANDRES CABEZA GUILLERMO ALEXANDER titular de la cedula de identidad V-22.234.332 a cumplir la pena de previsto y sancionado en el artículo 20 Ordinal 14 de la Ley sobre el delito de Contrabando, Y AGAVILLAMIENTO previsto en el artículo en el artículo 286 del Código Penal y JESUS ALBERTO AGUILERA CASTILLO titular de la cedula de identidad V-11.178.468, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del CONTRABANDO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 20 Ordinal 14 de la Ley so.....