Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido JUAN DE JESUS LOPEZ GARCIA, plenamente identificado, a las ciudadanas BLANCA ELENA PEREZ DE LOPEZ, LOPEZ PEREZ MARISABEL, LOPEZ PEREZ NAKARID, LOPEZ PEREZ CARELIS ELEN venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V- 3.140.538, V-13.240.267, V-8.582.179, 8.552.975, V-12.001.355 respectivamente, en condición de esposa del ciudadano JUAN DE JESUS LOPEZ GARCIA antes identificado, como consta en copia simple de la acta de Matrimonio Nro. 06, Tomo: 01, Año: 1993, expedida por el Registro Civil y Elec.....