En fundamento a lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y en atención a todos los criterios anteriormente explanados, declara IMPROCEDENTE la presente solicitud de Titulo Supletorio intentada por la ciudadana: CRISTINA DEL CARMEN GUATARASMA COA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.091.104. Se ordena la devolución de los documentos originales acompañados con el libelo de demanda, previa sustitución por copias debidamente certificadas por ante la secretaria de este Tribunal. Archívese la solicitud.-
Publíquese. Diaricese. Regístrese. Déjese copia para el copiador de sentencias.
Dado, firmado y sellado .....