Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia y en nombre de la ley, declara CON LUGAR, la demanda que por motivo de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO y FIRMA, intentaron los ciudadanos MARIA ALEJANDRA GOMEZ AVILA y MILKEN A NTONIO FLORES ANZOLA, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.883.136 y V-7.184.687 respectivamente, a través de sus apoderado judicial Abogado FREDDY EDUARDO REYES ALVARADO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 40.323, contra el ciudadano WILLIAM JOSE SALCEDO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.068.781, sobre el Apartamento Nº 8-2, ubicado en el Edificio 7, Pico El Águila, Piso 8, del parque Residencial La Montaña, Calle Negro Primero, Turmero, Municipio Mariño del Estado Aragua; alinderado de la siguiente manera: Norte: F.....