INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL AUTÓNOMA intentada por la ciudadana NEIXI DOLORES CASTILLO GODOY, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, cédula de identidad V-16.863.971, contra la sociedad mercantil CORPORACIÓN AIRE CENTRAL C.A., constituida mediante documento inscrito por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el N° 58, Tomo 10-A, en fecha 08 de marzo de 2010. Y así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al cuaderno respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los Treinta y Un (31) días del mes de Mayo del año Dos Mil Once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS
LA SECRETARIA,
ABG. BET.....