En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia se condena a la parte demandada en intimación, a pagar a la actora las siguientes cantidades de dinero que le han sido reclamadas y condenadas a pagar:
PRIMERO: La cantidad de CIENTO DOCE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 (Bs.112.500,00), por concepto de capital de pagaré anexada en autos marcado con la letra "B" y la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 60.000,00), por concepto del capital del pagaré anexada en autos marcada con la letra "C".
SEGUNDO: La cantidad de CATORCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON.....