Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, contra de la decisión dictada en fecha 13/12/2010, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión apelada en los términos expuestos y en consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA JOSE CHINEA, y SE CONDENA a la sociedad de comercio AGRICOLONIAL C.A, identificada supra, a cancelar a la demandante, la cantidad de TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs.31.579,35), por los conceptos laborales precisados en.....