D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos RODRIGUEZ DIAZ HERBERT ALBEIRO y ARANGUREN YARITZA JOSEFINA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.442.883 y V-16.436.176 respectivamente, asistidos por la Abogada CESARINA TRUJILLO RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 153.317. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registrador Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 12 de Junio de 1.999, quedando registrado bajo el Nº 225, Folio 49, Tomo 2, de los Libros de Registro Civil respectivos.
Este Tribunal deja constancia de que no procrearon hijos ni adquirieron.....