DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JESUS ANTONIO MORENO DIAZ, titular de la cedula de identidad N° V-26.842.522, Venezolano, de estado civil Soltero, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 09-02-1995, natural de Barbacoas, Estado Aragua, residenciado en SECTOR EL PLAYON, CALLE PRNCIPAL, CASA SIN NUMERO, MUNICIPIO URDANETA, CAMATAGUA, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de V.....