Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su Homologación al Reconocimiento del Contenido y Firma manifestado mediante escrito de fecha 27/07/2022 por la parte demandada ciudadana BARBARA MENDOZA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-7.195.944, del documento suscrito en fecha 04 de Julio de 2022, con el ciudadano OMAR ARGENIS SALGUERO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.245.987. En consecuencia, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Admini.....