V. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho señaladas, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por los abogados abogados Ophir Cepeda y Elías Hanna, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 98.957 y 120.079, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, ciudadanos Simón José Almaqui Aparicio, Simón Almaqui Yukadar y Linda Del Valle Aparicio de Yukadar, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-24.344.318, V-7.241.697 y V-9.688.904, respectivamente, en el juicio contenido en el expediente signado con el No. T5M-M-1649-21, nomenclatura interna del Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Irag.....