Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la oposición interpuesta por la Abogada DIGNA ROSA QUINTERO GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.031.483, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 78.672, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: Respecto a la admisión de las pruebas se proveerá por auto separado. TERCERO: Por la naturaleza del fallo no existe especial pronunciamiento sobre costas. Y así se decide.