En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO O ABANDONO en la solicitud de TITULO SUPLETORIO incoada por el ciudadano J JOSE LUIS OLMEDO URQUIOLA, JOSE FIDEL OLMEDO URQUIOLA, JOSE EDUARDO OLMEDO URQUIOLA y XIOMARA BARTOLINA OLMEDO URQUIOLA venezolanos mayores edad de este domicilio titulares de las cedulas de identidad Nros V-7.182.032, V- 7.219.810, V- 7.249.284 y V- 9.644.850 . -