DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD Y EN CONSECUENCIA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos: AURELIO BAUTISTA MONASTERIO YINT y ALEIDA JOSEFINA CASTELLANOS, plenamente identificados en autos, en fecha 29 de Diciembre de 1994, por ante el Registro Civil del Municipio Monagas Altagracia de Orituco, del Estado Guarico, bajo Acta N° 28, correspondiente al Año 1990.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 351 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, la Patria Potestad de los hijos de los solicitantes de nombres: STEPHANIE JOSE y AURELIO GAETANO, será ejercida por ambos padres, mientras que la Guarda será ejercida por la madre. En cuanto al Régimen de Visitas, el padre los buscara .....