Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada, fundamentada en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, consistente en la inadmisibilidad de la acción propuesta. SEGUNDO: INADMISIBLE la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por la ciudadana ROSALBA HERNANDEZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.625.472, debidamente asistida por el Abg. MARIO ANTONIO LUGO, Inpreabogado Nº 16.101; contra el ciudadano JOSE LUIS PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.406.178, por tratarse de un contrato de arrendamiento a tiempo indeterminado, de conform.....