Por las razones de hecho y de derecho anteriormente explanados, y en merito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario, De Protección del Niño y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Administrando Justicia en nombra de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar la acción de Retracto Legal Arrendaticio, intentada por Ciudadana ROSA CARABALLO DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.026.476, contra los ciudadanos FANNY CHÁVEZ y LUÍS ALBERTO GONZÁLEZ NAVEA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 5.980.930 y 7.577.222, respectivamente.
. SEGUNDO: En virtud de la naturaleza de la decisión se exonera de costas a la parte actora.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.