Al respecto, en lo que refiere al punto a) Que los cálculos numéricos establecidos se fijen con el Nuevo Salario Mínimo Nacional. En tal sentido, se observa que ciertamente para la fecha en que fue dictado el fallo, el salario mínimo vigente para ese momento se encontraba fijado en la cantidad de Bs. F. 879,15, mensual, según Gaceta Oficial No. 39.151, de fecha 01 de abril del 2009, Decreto No. 6.660, correspondiendo la cantidad de Bs. F. 29,31 como salario diario . Por lo que debe tenerse así:
"...Omissis...declara CON LUGAR la FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, en beneficio del niño ******, de 07 años de edad, y habiéndose establecido la capacidad económica del obligado, y por cuanto el salario mínimo para este momento esta fijado en la cantidad de Bs. F. 879,15, mensual, según Gaceta Oficial No. 39.151, de fecha 01 de abril del 2009, Decreto No. 6.660, correspondiendo la cantidad de Bs. F. 29,31 como salario diario, en consecuencia, fija la obligación de alimentos de la sigui.....