Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana LUISA INDIRA RIVERO ACOSTA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 12.123.794, en beneficio de su hijo *****, contra el ciudadano WILVER ALEXANDER GOMEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.482.113 y habiéndose establecido la capacidad económica del obligado, la existencia de su hija ****** de Quince (15) años de edad hija del demandado cuyo descuento son realizados por la empresa por convenimiento celebrado entre las partes del expediente signado con el Nro 21.9.....