Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el derecho a cobro de honorarios profesionales por parte del Abg. GILBERTO REYES KINZLER, Inpreabogado N° 45.736, contra el ciudadano LUIS PICON SABARIS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.586.197, por la representación o patrocinio prestado en las siguientes actuaciones: 1) documento poder apud acta de fecha 20/03/2007, 2) Escrito de Recusación de fecha 20/03/2007, 3) escrito de fecha 04 de mayo de 2007, 4) diligencia de fecha 18/05/2007, 5) diligencia de fecha 12 de Junio de 2007, 6) diligencia de fecha 07/02/2008, 7) diligencia de fecha 08/04/2008, 8) diligencia mediante la cual se da por notificado, de fecha 09/12/2008, 9) diligencia de fecha .....