En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia, en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A interpuesto por la ciudadana NERIDA HENRIQUEZ DE BOYER, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 4.497.478, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ANGEL JOSE DEL NUNZIO SENIOR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 85.822, contra de su conyugue ciudadano SALOMON BOYER CAMACHO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No 2.392.396.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESDE COPIA.