Por lo antes expuesto, y visto los términos de la conciliación, este Juzgado Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA: Primero: HOMOLOGAR el CONVENIMIENTO celebrado entre los ciudadanos por LILIBETH DAYANA ASENCIO CASTAÑEDA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula nro 13.969.915 contra JHERINSOR JOSE HENRIQUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula nro 12.746.622, parte actora y demandada, respectivamente; de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la LOPNNA.-
Se desprende del artículo anteriormente enunciado, que con la celebración del acto conciliatorio y su homologación se da por terminado el juicio de obligación alimentaría, en este sentido, y no habiendo mas que decidir se da por terminado el procedimient.....