IV. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la RECUSACIÓN planteada por la abogada BELKIS CARVAJAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.170, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada JOSE ANTONIO DAVILAS PAZOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.971.317 contra de la ciudadana Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua ABG. GLORIA MIREYA ARMAS DÍAZ, señalándose igualmente que debe seguir conociendo del expediente signado con el Nº: 44937-05.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se Impone.....