PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la SOCIEDAD CIVIL CENTRO CLINICO INDUSTRIAL SANTA CRUZ, constituida mediante documento inscrito ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Sucre y Lamas del Estado Aragua, en fecha 19 de mayo de 1997, bajo el N° 34, folios 153 al 161, Protocolo Primero, Tomo 03, contra la Providencia Administrativa Nº 00394-10, dictada en fecha 01 de octubre de 2010, en el expediente Nº 009-2010-01-00714, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, URDANETA, SAN SEBASTIÁN, ZAMORA, JOSÉ ÁNGEL LAMAS, SAN CASIMIRO y CAMATAGUA DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Cagua, en la que se declaró CON LUGAR el Procedimiento de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoado por la ciudadana ESTEFHANIA ARIADNA GONZÁLEZ PARRA, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V-18.232.020, contra la SOCIEDAD CIVIL CENTRO CLINICO INDUSTRIAL SANTA CRUZ, antes identificada, y ordenó la reincorporación de la trabajador.....