Con fundamento a los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la demanda que por ESTIMACION e INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES fue incoada por los Abogados FRANCK DOUGLAS SALAS VILORIA e IRIS SARMIENTO LARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.214.057 y 9.742.77 respectivamente, Abogados en ejercicios e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 113.791 y 107.925, asistidos por el abogado ARMANDO JOSE DE VEGA ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.667, contra los ciudadanos CARMEN YEPEZ, ANDREA YEPEZ, LIDYS MARLENE YEPEZ, JESUS ALBERTO YEPEZ y RAFAEL OMAR YEPEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.432.486, 2.238.056, 3.842.334, 3.283.323 y 2.237......