DECISION
En mérito de lo precedentemente expuesto, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, de la ciudadana DAIANA DAGINET GUEVARA CUMBERBATCH, titular de la cédula de identidad N° V-15.181.991, asentada en los Libros de Nacimientos, en fecha veintiuno de diciembre de mil novecientos ochenta y uno, por ante la Prefectura del Municipio Crespo, Distrito Girardot del Estado Aragua, según acta N° 3.425, Tomo 9 "C", por la omisión en que se incurrió ordenándose subsanar, incluyendo en el contenido del acta la letra "C", en el primer apellido de la ciudadana GREZINA ELIZABETH CUMBERBATCH CONDE, madre de la ciudadana DAIANA DAGINET GUEVARA CUMBERBATCH; en los términos siguientes: Donde dice "..ante este Despacho una niña por.....