D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada CARMEN NUNES, en su carácter de defensora publica de los acusados JACKSON ENRIQUE PEREZ y JULIO PEREZ APONTE, contra la decisión dictada en la Audiencia Especial de fecha 15-06-08 por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, mediante la cual decretó Medida Judicial Privativa de Libertad a los ciudadanos JACKSON ENRIQUE PEREZ y JULIO PEREZ APONTE, por estar incurso en el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y por encontrarse llenos en c.....