Declara inadmisible la acción de amparo constitucional, interpuesta por la abogada YELITZA OCHOA, defensora de los ciudadanos ALVINCEN JOSÉ PERDOMO GARCÍA y ANDY RAFAEL PERDOMO GARCÍA, contra el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de conformidad con el artículo 6.5, de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.