PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana abogada GLADYS VALERA RIVERO, contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 17/12/2010, mediante la cual acordó por vía de revisión medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, el cambio de sitio de reclusión del ciudadano JESUS ALBERTO REY FERNANDEZ, ordenando su detención en la siguiente dirección: URBANIZACIÓN CORINSA, CALLE CARONÍ, CASA NRO. 126-55-01, CAGUA, ESTADO ARAGUA; igualmente como verificación del cumplimiento de la reclusión ordenó visitas diurnas y nocturnas en la referida dirección, por parte de funcionarios adscritos al Cuerpo de Seguridad y Orden Público del estado Aragua, Comisaría de Corinsa, ubicada en Cagua, estado Aragua.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida en todas y cada unas de sus partes.