TERCERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO incoada por los ciudadanos CARLOS DE JESÚS CHAPMAN y ANA CRISTINA SANABRIA DE CHAPMAN, Titulares de las cédulas de identidad Números V-5.850.066 y V-10.146.976, representados judicialmente por las abogadas YNGRID MARÍA LÓPEZ RUIZ y BEATRIZ LIENDO, titulares de la cedulas de identidad N° V-8.566.116 y V-4.566.870, respectivamente, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 109.267 y 17.554, respectivamente.
CUARTO: SE ORDENA a la demandada ciudadana MARBELLA DEL VALLE MACÍAS RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 12.626.872, a entregar el inmueble que le fue dado en arrendamiento, constituido por un (01) apartamento que forma parte del Edificio Cojedes (A), del conjunto Residencial Los Estados, situado en la Octava Planta, signado con el N° A-84, ubicado en la Urbanización Base Aragua. Jurisdicción del Municipio Crespo, Distrito Girardot, (hoy Municipio Girardot) del Estado Aragua, totalmente libre de b.....