Por las razones que fueron expuestas, este JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRAL, ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Declarar Parcialmente con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Remoción-Retiro), interpuesto por la ciudadana Ninoska Yaril Colmenares Carvallo, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V-9.657.835, debidamente asistida por la profesional del derecho abogada Graciela Seijas, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro 9.916, contra la Resolución N° 0063-2009, de fecha 10 de febrero de 2009, emanado de la Alcaldesa del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, presentado en fecha cinco (05) de mayo de dos mil nueve (2009), por ante la secretaría de este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Central, quedando signado con el Nº 9787.