Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la Medida de Amparo Constitucional de Suspensión de Efectos, solicitada por profesional del derecho Beatriz Cárdenas Arenas, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.252.265, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.171, actuando en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Motores Venezolanos, C.A.(MOTORVENCA), domiciliada en Villa de Cura estado Aragua, e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 22-10-1975, bajo el Nº 15,Tomo 72-A, ultima reforma de fecha 20 de diciembre de 1999, Tomo 258-A-Primero, N° 43 del mismo registro.