Por las razones ya expuestas, este Tribunal Sexto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; AUTORIZA suficientemente al ciudadano ELMAN GOMEZ RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-345.725, para que en nombre y representación de la ciudadana CARMEN DE JESÚS RAUSEO VERA (ya identificado), conduzca el vehículo CLASE Automóvil, MARCA Daewoo; TIPO Sedán; MODELO Lanos; COLOR blanco, SERIAL DE CARROCERIA KLATF69YE2B704781; SERIAL DE MOTOR A15SMS466978B, PLACAS DP7-80T; AÑO: 2002; USO Particular, y así se decide.
Diarícese. Notifíquese. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
EL SECRETARIO,
ABG. BRUNO ACOSTA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado; se diarizó bajo el Nro. _________; se libró boletas números.
El Secretario.
Causa Nro. 6C-SOL-356/06.-