En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; ACUERDA la entrega al solicitante ciudadano ALEJANDRO HERNANDEZ DAVALILLO (ya identificado), EN DEPOSITO PARA SU USO, CUSTODIA Y CONSERVACION, del vehículo CLASE Camioneta, MARCA Toyota; TIPO Sport-Wagon; MODELO Prado VX; COLOR Gris Buque, SERIAL DE CARROCERIA 9FH11VJ95R9000625 (falso); SERIAL DE MOTOR 5VZ6929207 (falso), PLACAS VBE-62D; USO Particular; con la expresa obligación de presentarlo cada vez que sea requerido por ante este Tribunal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese al Estacionamiento, a los fines de la entrega inmediata del vehículo, una vez levantada el Acta de Compromiso correspondiente. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ.
EL SECRETARIO,
ABG. BRUNO ACOSTA
En la misma fecha se cumplió l.....