En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadanoEDGAR FERNANDO HERRERA RIOS, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-12.993.835, fecha de nacimiento: 17-01-1974, de 41 años de edad, soltero, de profesión u oficio Abogado y residenciado en: Urbanización Arsenal, Torre 99, Apto. 1, Sección C, Maracay, estado Aragua, por el delito deEXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley contra el secuestro y la extorsión,. SEGUNDO: Se ordena el cese de toda medida de coerción personal que pese sobre el acusado. Se deja constancia que el texto íntegro de la presente sentencia fue publicado dentro del lapso legal. .....