este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Sexto de Juicio, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JOEL GREGORIO PRADO LA CRUZ, titular de la cedula de identidad N° V-6.001.757, Venezolano, de estado civil Soltero, de 56 años de edad, fecha de nacimiento 02-11-60, natural de Caracas Distrito Capital, residenciado en URB. LAS DELICIAS SUR, CALLE 33, CASA W33, MARACAY ESTADO ARAGUA. TLF: 0243-271-8108; por haber sido el mismo encontrado INOCENTE y por ende ABSUELTO, de los hechos que le imputare el Ministerio Público por el delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal Venezolano vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos. Se acuerda el cese de todas las medidas acordadas en su contra en su oportunidad, así mismo se exonera del pago de costas procesales y decreta su LIBERTAD PLENA. Publíq.....